El Gobierno nacional oficializó a través del Decreto 196/2025, publicado recientemente en el Boletín Oficial, una serie de cambios en el Código de Tránsito, entre ellos en la obtención y renovación de la Licencia Nacional de Conducir.
A partir de ahora, la Licencia Nacional de Conducir digital tiene validez en todo el territorio nacional, siempre que sea visualizada a través de la aplicación Mi Argentina. Es opcional contar con la versión física del carnet.
Otro cambio importante es que los titulares de licencias particulares (categorías A, B y G) podrán realizar la renovación de forma digital, presentando únicamente un certificado de aptitud psicofísica expedido por profesionales médicos habilitados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
El trámite posterior se completa de forma digital, presentando la documentación a través de un portal online. De esta manera, ya no es obligatorio presentarse en centro municipales emisores, aunque la opción sigue estando disponible para quienes así lo deseen.
Para tramitar la Licencia Nacional de Conducir por primera vez se puede iniciar el trámite vía online, pero luego se debe concurrir al Centro Emisor de Licencias correspondiente para realizar los exámenes de idoneidad.
La nueva normativa modifica las vigencias:
- Menores de 21 años pueden obtener una licencia con vigencia de cinco años, pudiendo acceder a las clases A, B y G.
- Las personas entre 21 y 65 años también tienen una vigencia de cinco años y pueden acceder a todas las categorías de licencias nacionales.
- Las personas mayores de 65 años con licencias de categorías A, B y G deben revalidarlas cada tres años, mientras que quienes tengan licencias C, D y E deben renovarlas cada dos años.
- A partir de los 70 años, la renovación de la licencia es anual.